Arrendatarios a Alojamiento y Comida
Arrendatarios a Alojamiento y Comida (Room and Board, o R&B) ofrecen habitaciones y comidas a cambio de dinero y/o servicios. Una persona que vive en una pensión o hospedaje por al menos 30 días tiene los mismos derechos que cualquier otro inquilino. Esta página incluye recursos y organizaciones que pueden ayudar a los residentes de R&B a entender y proteger sus derechos. También ofrece información sobre problemas comunes que los residentes pueden enfrentar.
Haz clic en el enlace para descargar un folleto imprimible que describe algunos de estos derechos: Derechos de los arrendatarios a alojamiento y comida.
Dónde Obtener Ayuda
En una situación de emergencia, llama al 911.
Llama al 211 o visita https://www.211sacramento.org/211/ para ser referido a una organización que pueda ayudar.
Para reportar un problema a la ciudad o al condado, como una violación del código de construcción, llama al 311.
Reporta abusos a los Servicios de Protección para Adultos (APS) - (916) 874-9377, https://dcfas.saccounty.gov/SAS/Pages/Adult-Protective-Services/SP-Adult-Protective-Services.aspx. Una persona debe tener al menos 60 años o ser un adulto dependiente para ser elegible para los servicios de APS.
Los siguientes sitios web proporcionan información más detallada sobre los derechos de los inquilinos:
Guía para Inquilinos de California - https://www.courts.ca.gov/documents/California-Tenants-Guide.pdf
Recursos para Inquilinos - https://housing.ca.gov/tenant/resources.html
Problemas entre Propietarios e Inquilinos - https://oag.ca.gov/consumers/general/landlord-tenant-issues
Guía de Autoayuda de los Tribunales de California - https://selfhelp.courts.ca.gov/
Derechos de Personas con Discapacidades en la Vivienda - https://oag.ca.gov/system/files/media/drb-disability-rights-housing.pdf
¡Tus Derechos! Protégete Contra Condiciones de Vida Inseguras y Desalojos - https://www.disabilityrightsca.org/publications/your-rights-protecting-yourself-against-unsafe-living-conditions-and-evictions
Estas organizaciones pueden brindar asesoramiento legal o representación:
Servicios Legales del Norte de California, (916) 551-2150, https://lsnc.net/
Pro Bono Capitolino – (916) 551-2102, https://capitalprobono.org/
Defensores de Derechos Económicos y de Vivienda (HERA) - (510) 271-8443, https://www.heraca.org/
Clínica Asesora sobre Desalojos Ilegales - (916) 875-7846, https://www.saccourt.ca.gov/ud/advisory-clinic.aspx
Proyecto de Estabilidad de Vivienda de Derechos de Discapacidad de California – (800) 776-5746, https://www.disabilityrightsca.org/what-we-do/programs/housing-stability-project-hsp
Departamento de Derechos Civiles de California - (800) 884-1684, https://calcivilrights.ca.gov/
Mudanza y Pago de Renta
Obtén una copia impresa del contrato de alquiler o de arrendamiento y léelo con atención. Este documento debe especificar lo que tú y el dueño están obligados a hacer.
Inspecciona la pensión o hospedaje (R&B) junto con el dueño o gerente antes de firmar el contrato de alquiler. Si ves daños o problemas, trata de que el dueño o gerente los repare antes de mudarte. Si no se arregla antes de que te mudes, toma fotos de los daños y/o pide al dueño o gerente que reconozca los daños por escrito. Si el dueño o gerente promete hacer reparaciones, pide que estas promesas queden por escrito, incluyendo la fecha en que se harán las reparaciones.
Haz copias, escanea o toma fotos del contrato de alquiler firmado, así como de documentos que demuestren que vives en la dirección del R&B (como una identificación emitida por el gobierno, un estado de cuenta bancario o una factura reciente enviada a ti en el R&B). Guarda estos documentos en tu teléfono, envíatelos por correo electrónico o entrega copias a alguien más para que puedas acceder a ellos si es necesario.
Nunca pagues la renta en efectivo a menos que te den un recibo.
Tienes derecho a tomar decisiones sobre cómo se usan tus beneficios de IHSS, Calfresh, SSI u otros beneficios del gobierno. El dueño o gerente del R&B no puede obligarte a darles tus beneficios ni nombrarlos como el beneficiario designado, representante de pagos o proveedor de cuidado. Si ellos reciben beneficios en tu nombre, deben usarlos para satisfacer tus necesidades.
Tu Seguridad
Es un delito hacer daño o amenazar con hacer daño a alguien.
Las leyes de vivienda justa pueden aplicarse si el dueño o gerente de la pensión o hospedaje (R&B) te acosa por tu raza, edad, género, discapacidad u otra característica protegida.
El dueño o gerente también debe tomar medidas inmediatas para detener a los residentes que acosen a otros residentes por sus características protegidas.
Existen leyes especiales que protegen a las personas mayores y a algunas personas con discapacidades contra el abuso emocional, físico, sexual y financiero.
Condiciones de Vida
El dueño o gerente debe mantener la pensión o hospedaje (R&B) en "condiciones habitables" para permitirte vivir allí de manera segura y con comodidad razonable. El cableado o plomería inseguros, demasiadas personas viviendo juntas u otras condiciones peligrosas pueden ser reportadas a la agencia de cumplimiento de códigos (llama al 311).
El contrato de arrendamiento debe especificar qué comidas se proporcionarán y cualquier acuerdo para ofrecer tipos específicos de alimentos. Si necesitas una dieta especial debido a una condición médica, puedes tener derecho a una adaptación razonable.
Otros residentes o invitados, excepto compañeros de cuarto, no deben entrar en tu habitación sin tu permiso. El dueño o gerente debe darte un aviso previo antes de entrar en tu habitación.
Tienes derecho a acceder al baño. Otras áreas compartidas, como la cocina y la sala de estar, pueden estar restringidas en tu contrato de arrendamiento. Si tienes una condición médica que requiere acceso a un refrigerador, puedes tener derecho a una adaptación razonable.
Desalojo o Cierre
Echarte es ilegal a menos que el dueño siga un proceso formal de desalojo en el tribunal.
Debes ser notificado por escrito sobre la audiencia de desalojo.
Tienes derecho a asistir a la audiencia y defenderte.
Si te cierran con llave, puedes contactar a un cerrajero o a la policía para que te ayuden. Es posible que necesites mostrar prueba de que vives allí.
Derechos para Personas con Discapacidades
Si tienes una discapacidad, tienes derecho a adaptaciones y modificaciones razonables para que puedas usar y disfrutar del espacio donde vives.
Las adaptaciones razonables son cambios en las reglas, prácticas o servicios. Por ejemplo, una persona con diabetes puede necesitar acceso a un refrigerador para almacenar insulina. El dueño no puede cobrarle extra a un residente por hacer adaptaciones razonables.
Las modificaciones razonables son cambios físicos. Por ejemplo, una persona con problemas de movilidad puede necesitar barras de apoyo en el baño. El dueño debe permitirte hacer modificaciones razonables, pero no está obligado a pagar los costos.
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